* Congreso lo tipifica como delito penal y señala como acoso el silbar a una mujer
Cimacnoticias.- La nueva Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, aprobada por el Congreso local la semana pasada, considera que acosar con silbidos o frases y expresiones verbales de connotación sexual, es una falta administrativa que se sancionará con arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad.
El pasado 16 de mayo el congreso capitalino abrogó la anterior ley, promulgada el 29 de diciembre de 2017 y aunque ésta considera el acoso sexual como una falta cívica, de acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, esta conducta es un delito penal.
De acuerdo con el artículo 179 del Código Penal, se castiga con prisión de uno a tres años a quien “solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad”.
La ley penal capitalina indica que cuando entre la persona agresora y la víctima además exista relación jerárquica laboral, docente, doméstica o de otra índole, la pena se incrementará en una tercera parte de la señalada.
En caso de que la persona acosadora sea servidor público y utilice los medios o circunstancias de su encargo, además de la pena prevista se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta.
En contraste, la ley cívica, que aún debe ser promulgada por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, indica que acosar con silbidos o frases sexuales se sancionará con arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad.
Esta nueva legislación establece un esquema de sanciones que va de la amonestación al trabajo comunitario. Este último es una modalidad que consiste en acudir a cursos, talleres y conferencias, o asistir a terapias en materia de convivencia familiar, cultura de la paz o reglamento de tránsito, dependiendo de la falta.
También se explica que aprovecharse de menores de edad al permitirles acceder a lugares que les estén expresamente prohibidos y/o promover o permitir que realicen alguna actividad en el espacio público por la que pretendan obtener algún ingreso económico, será sancionado con arresto de 20 a 36 horas o trabajo comunitario de 10 a 18 horas.
Además de sancionar el acoso sexual como una falta administrativa, la nueva ley también incluye el exhibicionismo, es decir, que una persona realice tocamientos a su cuerpo con
intención lasciva u exhiba sus órganos sexuales frente a otra persona, conducta que se sancionará con multa de 11 a 40 Unidades de Medida, arresto de 13 a 24 horas o de 6 a 12 horas de trabajo comunitario.
“TRABAJO SEXUAL”
Un tema polémico que la ley considera falta cívica es la “prostitución” e indica que “invitar a la prostitución, ejercerla o solicitar el servicio”, son acciones que ameritan multa de 11 a 40 Unidades de Medida, arresto de 13 a 24 horas o de 6 a 12 horas de trabajo comunitario.
Sin embargo, después de aprobada la Ley de Cultura Cívica, este martes 21 de mayo, diputadas y diputados locales de los partidos Movimiento Regeneración Nacional (Morena), del Trabajo (PT), Verde Ecologista (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Encuentro Social (PES) dijeron que no coincidían en “replicar las prácticas discriminatorias”.
En un comunicado las y los legisladores explicaron que en una revisión al articulado de la nueva ley, se detectó que se había aprobado inadvertidamente una fracción que va contra el espíritu progresista de proteger irrestrictamente los derechos de “las y los trabajadores sexuales”.
El artículo 27 de la Ley de Cultura Cívica, dijeron, “criminaliza a la prostitución y estigmatiza el trabajo sexual”, pues se dice que estas acciones violan la “tranquilidad de las personas”.
En este nuevo proyecto de Ley de Cultura Cívica no solamente prevalece la pena, sino que aumenta la sanción una Unidad de Medida y se agrega la opción de trabajo comunitario. Por ello condenaron que en esta nueva redacción se diga que vecinos y alcaldías podrán interponer una queja respecto de las personas “que inviten a la prostitución, la ejerzan o la soliciten”.
La Constitución local, destacaron las y los legisladores, “no prohíbe la prostitución”, por ello, anunciaron que se están analizando las rutas legales para derogar esa fracción de la ley, pues “atenta contra los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México”.
Cabe decir, que en 2016, la entonces Asamblea Constituyente que elaboraba la Carta Magna propuso incluir en el proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México el “trabajo sexual”, aunque el consenso no se logró entre las distintas fuerzas políticas.
En ese mismo año, el entonces asambleísta, el perredista Víctor Hugo Romo, propuso a la extinta Asamblea Legislativa del Distrito Federal derogar la “prostitución” como una infracción en la Ley de Cultura Cívica de la capital, propuesta que provocó el debate sobre si se trata de un trabajo o una forma de explotación sexual.
Ahora, el tema de nuevo sale a la luz y diputadas y diputados aseguran que junto con organizaciones de la sociedad civil, quienes también están dividas en sus posiciones, se estarán revisando las vías para “lograr el reconocimiento formal del trabajo sexual”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Constitución capitalina sobre “derecho al trabajo”.