: Estas multas podrían ir de 800 a 868 mil pesos, si en un primer llamado no atienden la sugerencia y continúan abriendo, señaló la COPRISEM
Horizonte/redacción
La Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM), dio a conocer que sancionará a los establecimientos comerciales con actividades no esenciales que continúen abriendo, después de realizarles un primer aviso, y estas multas podrían llegarles de 800 a 868 mil pesos.
La dependencia dio a conocer que esto lo establece la Gaceta de Gobierno del Estado de México, en la que se encuentran especificadas las actividades que pueden continuar y cuáles deben suspenderse debido a la Fase 3 de la pandemia por coronavirus o Covid-19.
COPRISEM destacó que, en base a lo publicado, los establecimientos que incumplen el acuerdo de bajar las cortinas son acreedores a multas o suspensiones.
Entre las instancias facultadas para realizar exhortos y aplicar las sanciones se encuentran los Ayuntamientos, el Instituto de Verificación Administrativa del Estado de México (INVEAMEX), Protección Civil estatal y, Seguridad Pública de la entidad.