El cierre de diversos comercios tiene como objetivo aplanar la curva de contagio que en los últimos días se ha incrementando notablemente y también forma parte de la campaña #QuédateEnCasa.
Las medidas se implementarán del 31 de marzo al 30 de abril, y conlleva la suspensión inmediata de las actividades consideradas no esenciales en los sectores público privado y social. Aquí te damos una lista de las actividades que seguirán laborando a pesar de la contingencia y las que deben cerrar hasta nuevo aviso.
Esta es la lista de actividades consideradas esenciales, es decir las que deben permanecer abiertas de acuerdo a las disposiciones del Gobierno de México y de manera directa son necesarias para atender la contingencia sanitaria.
- Sector salud
- Farmacias
- Seguridad pública y de protección ciudadana
- Procuración e impartición de justicia
- Bancos
- Gasolineras
- Repartición de gas
- Agua potable
- Mercados de alimentos (sólo para llevar)
- Restaurantes (sólo para llevar)
- Supermercados, tiendas de autoservicio y abarrotes (los cuales deberán de tomar medidas preventivas de sana distancia para clientes y personal)
- Servicio de transporte de pasajeros y de carga
- Productos de limpieza
- Ferreterías
- Servicios de mensajería
- Telecomunicaciones
- Medios de información
- Servicios privados de emergencia
- Servicios funerarios y de inhumación
- Almacenamiento, cadena de frío de insumos esenciales
- Logística, aeropuertos, puertos y ferrocarriles
- Actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación
Todos los sectores, deberán aplicar de manera obligatoria las restricciones del Gobierno federal como no realizar reuniones o congregaciones de más de 25 personas, lavado de manos, aplicación de gel al 70 por ciento de alcohol, cubrirse al toser o estornudar, saludo a distancia, no saludar de beso ni de mano y todas las demás medidas de sana distancia, vigentes y explicadas por la Secretaría de Salud.
Además el resguardo domiciliario de manera estricta a los adultos mayores de 60 años, hipertensos, diabéticos, embarazadas y población vulnerable.
ACTIVIDADES NO ESENCIALES
Las actividades y negocios que deben suspender sus labores son los siguientes:
- Centros comerciales
- Parques
- Museos
- Baños de vapor
- Gimnasios
- Misas en iglesias y reuniones en centros de culto
- Cines
- Teatros
- Deportivos
- Zoológicos
- PILARES
- CENDIS
- Bares
- Centros nocturnos, discotecas y antros
- Salones de fiestas
- Eventos públicos o privados de más de 25 personas
- Todos los centros educativos en todos los niveles